A partir del 3 de abril, alquilar una vivienda con fines turísticos dependerá del visto bueno de los vecinos. La nueva Ley Orgánica 1/2025, que entra en vigor este viernes, introduce cambios clave en la Ley de Propiedad Horizontal, dando más poder a las comunidades de vecinos.
Será necesario el respaldo de tres quintas partes de los propietarios (y cuotas) para abrir una vivienda turística. Sin este visto bueno, las comunidades podrán exigir el cese inmediato de la actividad y acudir a los tribunales.
Vecinos con voz y voto
La ley confiere así, voz y voto a los vecinos, con una única excepción: las viviendas turísticas activas antes del 3 de abril que quedarán fuera de la norma.
Eso sí, la comunidad de vecinos podrá imponer a los propietarios de pisos turísticos hasta un 20% más en gastos comunitarios, como medida compensatoria por el mayor uso de los servicios e instalaciones comunes, como ascensores, escaleras, portales..