La Audiencia de Madrid ha respaldado ampliar la investigación a Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, para indagar, entre otras cuestiones, sobre un presunto pago de casi medio millón de euros a la mujer del presidente de Quirón Prevención, en el que el fiscal ve una posible comisión encubierta.
La sección tercera de la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso que interpuso este empresario contra la decisión de la titular del Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid de abrir una pieza separada, al concluir que en este momento "resulta procedente" esclarecer si los hechos pueden ser constitutivos de otros delitos.
Aunque en un principio lo rechazó, la magistrada acabó ampliando las pesquisas para indagar si González Amador -ya investigado por un presunto fraude de 350.951 euros a Hacienda y falsedad documental- pudo incurrir en "otros delitos distintos" mediante el presunto uso de una sociedad pantalla para "ocultar unos ingresos que debían haber sido declarados" por Maxwell Cremona, de la que es administrador.
La Fiscalía puso entonces el foco en el presunto pago de 499.836,92 euros a la mujer del presidente de Quirón Prevención por la adquisición de una empresa, una operación en la que ve una posible "comisión encubierta" que considera que hay que investigar.
González Amador rechazó declarar el pasado 24 de febrero ante la jueza, tras cuatro aplazamientos, al argumentar que estaba a la espera de conocer la resolución de la Audiencia.
Al respecto, los magistrados recuerdan que con la apertura de una pieza separada, "el juez debe valorar si los hechos que motivan el inicio de la investigación, son abstractamente constitutivos de delito, en cuyo caso debe incoar el oportuno procedimiento penal y proceder a su investigación, tal y como se ha hecho en este caso".
En este sentido, señalan que "ciertamente la inicial mención de una calificación en este estadio procesal carece de relevancia jurídica y no conlleva vinculación de clase alguna para las partes".
Ahora bien, para dar carpetazo a la pieza separada, recuerdan que es necesario que exista una claridad absoluta sobre la atipicidad de los hechos, "circunstancia que no concurre en el caso de autos" a la vista "de la documentación notarial y tributaria unida a la causa".
Por ello, los magistrados consideran "procedente" la sustanciación del proceso "en orden a esclarecer si los hechos objeto de la pieza separada abierta pueden ser constitutivos de infracción penal".
"Las operaciones económicas y jurídicas realizadas, podrán o no tener el alcance que se reseña por los recurrentes, pero a la conclusión que corresponda debe llegarse tras la correspondiente investigación abierta", añaden.